Tenga tienda de abarrotes, taller, cafetería, fonda, salón de belleza o restaurante: si su negocio está en la Ciudad de México, hay una ley que decide si sigue abierto o amanece con un sello en la puerta. Es la Ley de Establecimientos Mercantiles, y no es letra muerta: se reformó en agosto de 2026 y desde el 5 de octubre el INVEA verifica con el programa Código Avisa.
La buena noticia: la mayoría de las clausuras se evitan con 10 cumplimientos básicos. La mala: casi ningún dueño de PyME los tiene todos en orden. Vaya palomeando.
Primero, quién es quién
El INVEA (Instituto de Verificación Administrativa) es el que visita su negocio. La Alcaldía es la que ordena la visita y le clausura. No son lo mismo, y conviene saberlo cuando toquen a su puerta.
Con el Código Avisa (vigente desde el 5 de octubre de 2026), el INVEA avisa antes de suspender: 3 avisos en giros de bajo impacto (abarrotes, cafeterías, talleres, fondas, papelerías) y 2 avisos en giro vecinal (restaurantes, hoteles, salones de fiesta). No aplica a bares ni antros, y tampoco a faltas graves como vender alcohol a menores: esas se sancionan de inmediato.
El sello no avisa dos veces: lo que no está en regla, se clausura.
Los 10 cumplimientos
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1. Mete tu Aviso al SIAPEM antes de abrir — y tenlo impreso en el local
Todo se hace en el SIAPEM, el sistema electrónico. Bares y antros necesitan Permiso de la Alcaldía, no Aviso. El papel impreso y firmado debe estar en tu negocio: es lo primero que pide el verificador.
⚠️ Sin Aviso: clausura temporal + multa de $41,176 a $293,275
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2. Opera solo el giro que manifestaste
Si tu aviso dice tienda y ya operas como bar, estás en falta. ¿Cambiaste de giro, de superficie o de aforo? Mete un Aviso nuevo.
⚠️ Giro distinto al manifestado: suspensión inmediata
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3. Revalida a tiempo (la más olvidada)
Giro vecinal: cada 3 años. Giro zonal: cada 2 años. Enseres en vía pública: cada año. Presenta la revalidación 15 días hábiles antes del vencimiento. ¿Traspasaste el negocio? Avísalo dentro de 30 días hábiles.
⚠️ Sin revalidar: suspensión inmediata
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4. Respeta los horarios de tu giro
Cada giro tiene el suyo: restaurantes venden alcohol de 9:00 a 2:00; bares de 11:00 a 2:30 (de domingo a miércoles, una hora menos); abarrotes venden alcohol en envase cerrado de 7:00 a 24:00.
⚠️ Pasarte del horario: multa de $41,176 a $293,275 y hasta clausura permanente
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5. Deja entrar al verificador — pero que se identifique
No puedes negarle la entrada si trae identificación y orden de verificación. Con el Código Avisa además trae uniforme oficial, cámara corporal y credencial con QR: escanea el QR para confirmar que es de verdad.
⚠️ Negar la verificación en giro zonal: clausura temporal. ¿No trae QR ni orden? No lo dejes entrar: puede ser un falso inspector
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6. Protección civil en regla
Si tu local recibe más de 100 personas y mide más de 250 m²: necesitas Programa Interno, revalidado cada 2 años. Si eres más chico: ten visible el 911 y la señalización de sismo e incendio.
⚠️ Sin esto: clausura temporal + multa de $41,176 a $293,275
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7. Los 4 pecados capitales (sin segundas oportunidades)
Ni alcohol a menores, ni barra libre, ni propina obligatoria, ni pasarte del aforo.
⚠️ Cualquiera de los cuatro: clausura permanente. Directo, sin avisos previos
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8. Exhibe lo que la ley pide a la vista del cliente
Horario de servicio, aforo y prohibición de fumar. Y si tienes restaurante: lista de precios en la carta y agua potable gratuita, obligatorios.
⚠️ Multa de $2,933 a $14,664
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9. Bájale al ruido
85 decibeles de 6:00 a 22:00; 75 decibeles de 22:00 a 6:00. Si tus vecinos se quejan, el INVEA mide.
⚠️ Multa de $41,176 a $293,275
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10. Enseres en vía pública solo con Aviso
Mesas en la banqueta: solo giros de alimentos y bebidas, con Aviso al SIAPEM + pago de derechos, vigencia de un año. Pegado a tu fachada, 2 metros libres para peatones, sin bocinas en la zona de enseres.
⚠️ Sin Aviso: la Alcaldía te los retira y tú pagas el retiro, más multa de $2,933 a $14,664
Con el Código Avisa, el verificador trae cámara corporal y credencial con QR: exíjalos.
El Código Avisa en 5 líneas
- Vigente desde el 5 de octubre de 2026.
- Bajo impacto (abarrotes, cafeterías, talleres, fondas): 3 avisos antes de suspender.
- Vecinal (restaurantes, hoteles, salones): 2 avisos.
- No aplica a bares/antros ni a faltas graves: alcohol a menores, violencia o riesgo a personas se sancionan de inmediato.
- No es impunidad: es tu oportunidad de corregir antes del sello. Úsala.
Diez palomitas hoy valen más que un sello mañana.
¿Y si ya te cayó el verificador?
- Pide identificación, orden de verificación y QR (Código Avisa).
- Atiende el procedimiento, no te pelees con el inspector.
- Si te dejan apercibimiento: tienes 15 días hábiles para subsanar (giros de bajo impacto y vecinal).
- Si te suspenden: el INVEA resuelve tu reapertura en máximo 10 días hábiles una vez que entregues lo que te piden.
- Nunca rompas los sellos: es delito y se castiga con cárcel.
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Nota de transparencia: Este artículo se elaboró con el texto oficial de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México (última reforma: Gaceta Oficial de la CDMX, 21 de agosto de 2026; verificación propia el 17 de octubre de 2026). Los montos en pesos se calcularon con la UMA 2026 de $117.31 (INEGI, vigente desde el 1 de febrero de 2026). El Código Avisa es un programa administrativo del INVEA anunciado el 1 de octubre de 2026 y vigente desde el 5 de octubre de 2026, no una reforma a la ley. Contenido informativo; no constituye asesoría jurídica formal.